La normativa del CIS establece disposiciones especiales en caso de que se abra una nueva oficina matriz, subsidiaria, sucursal o filial en Estados Unidos y el empleador desee contratar a un directivo o ejecutivo pero no tenga muchas pruebas de una amplia actividad empresarial en curso. Esto se considera una nueva oficina L. Con una nueva oficina L el empleador debe demostrar:
- la naturaleza propuesta de la oficina, incluida una descripción del alcance de la oficina la estructura organizativa y los objetivos financieros;
- La cuantía de la inversión en Estados Unidos y la capacidad financiera de la entidad extranjera para pagar al beneficiario e iniciar su actividad; y
- la estructura organizativa de la entidad no estadounidense.
Para recibir una aprobación para el primer año, el solicitante debe demostrar que se ha obtenido un local físico suficientemente grande o suficiente y que durante el primer año el negocio mantendrá un puesto ejecutivo o directivo. Se puede presentar un plan de negocio que proyecte los niveles de personal previstos para el final del primer año. Una "nueva oficina L" sólo puede aprobarse inicialmente por un año. después del primer año. Pueden obtenerse prórrogas presentando pruebas de que la empresa está activa y en funcionamiento. El CIS se fija en "el número de empleados, el crecimiento significativo del flujo de caja, la presencia de clientes y clientela significativos o cantidades similares".