Índice
El Programa de Exención de Visado (VWP) permite a los ciudadanos de determinados países viajar a Estados Unidos por turismo o negocios durante un máximo de 90 días sin necesidad de visado.. Este programa simplifica los viajes de corta duración y fomenta el fortalecimiento de los lazos diplomáticos y económicos entre Estados Unidos y los países participantes.
Sin embargo, no todos los países cumplen los requisitos para participar en el Programa de Exención de Visado. El VWP lo gestiona el Departamento de Seguridad Nacional en consulta con el Departamento de Estado. El intercambio internacional sólo es posible cuando los países extranjeros ofrecen ventajas similares a los ciudadanos estadounidenses que viajan dentro de sus fronteras. Además, los países deben ser examinados tanto por el DHS como por el Departamento de Estado, y los países que cumplen los requisitos están sujetos a cambios.
El Programa de Exención de Visado es popular entre los turistas que visitan EE.UU., pero tiene sus limitaciones e inconvenientes para quienes pretenden permanecer más tiempo, solicitar un cambio de estatus más adelante o realizar determinados tipos de negocios durante su viaje. Averigüe si puede acogerse al Programa de exención de visado con la ayuda de Brown Immigration Law.
¿Quién puede solicitar una dispensa?
Los ciudadanos y nacionales y nacionales pueden viajar por negocios o por placer para acogerse al Programa de Exención de Visado de Estados Unidos. Si usted es ciudadano de alguno de los siguientes países, puede solicitar una exención siempre que su estancia en Estados Unidos sea inferior a 90 días. Los países participantes actualmente son:
| Andorra Australia Austria Bélgica Brunei Chile Croacia República Checa Dinamarca Estonia Finlandia | Francia Alemania Grecia Hungría Islandia Irlanda Israel Italia Japón República de Corea Letonia | Liechtenstein Lituania Luxemburgo Malta Mónaco Países Bajos Nueva Zelanda Noruega Polonia Portugal | Qatar San Marino Singapur Eslovaquia Eslovenia España Suecia Suiza Taiwán Reino Unido |
¿Es difícil obtener una exención de entrada en EE.UU.?
Si cumple los requisitos del Programa de Exención de Visado (VWP) según la ley de inmigración, no suele ser difícil no es difícil entrar en Estados Unidos. Necesitará disponer de un Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA) válido y recibir la aprobación del Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de EE.UU. antes de su vuelo. La aprobación ESTA permite su entrada legal como visitante en el marco del VWP, y debe tramitarse con antelación a su viaje.
Tendrá que proporcionar:
- Pasaporte en vigor de un país que cumpla los requisitos del VWP
- Su nombre y alias
- Su DNI o número de identificación personal, si procede
- Su dirección Global Entry/NEXUS/SENTRI ID, si procede
- Su dirección de correo electrónico
- Su domicilio
- Su número de teléfono
- Sus datos de contacto en caso de emergencia
- Tasa de solicitud
En algunos casos, también se le puede pedir que facilite la dirección y el número de teléfono de su empresa.
Para los ciudadanos de países que anteriormente eran elegibles para el VWP, pero que ya no lo son después de la Ley de Mejora del Programa de Exención de Visado y Prevención de Viajes Terroristas de 2015, tendrá que concertar una cita en una Embajada o Consulado de Estados Unidos.
¿Es el Programa de Exención de Visado una mejor opción que un visado B1/B2?
Tanto el Programa de Exención de Visado (VWP) como el visado B1/B2 permiten visitar Estados Unidos por negocios o turismo, pero tienen normas y ventajas diferentes. El VWP suele ser más rápido y fácil de solicitar. Si procede de un país que cumple los requisitos, puede solicitarlo en línea a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje (ESTA). Muchas personas obtienen la aprobación en 72 horas. Pero hay límites: sólo puede permanecer en EE.UU. un máximo de 90 días y la autorización ESTA es válida durante 2 años (o hasta que caduque su pasaporte).
Por el contrario, los titulares de visados B1 y B2 pueden ser admitidos en Estados Unidos durante un máximo de seis meses. Además, estos visados son válidos durante periodos más largos, generalmente de al menos 10 años (aunque pueden acortarse a discreción del funcionario de visados de EE.UU. en el consulado). Los visados B1/B2 son más caros de obtener que la entrada a través del VWP, e implican una solicitud a través de la embajada o consulado de EE.UU. en el país de origen del peticionario. Por último, es posible que se le pida que demuestre vínculos con su país de origen, así como su intención de marcharse tras su visita, para que se le expida un visado B1/B2 si viaja por negocios o placer. Sin embargo, también puede contar con una mayor flexibilidad a la hora de realizar negocios en EE.UU. con un visado B1/B2, así como para recibir tratamiento médico, asistir a conferencias, visitar a amigos y familiares, prolongar su estancia, etc.
¿Cuánto cuesta la tasa de exención de visado?
La tasa de solicitud para el Programa de Exención de Visado es actualmente de 21 USD.
¿Qué pasaporte necesito para entrar en el programa de exención de visado?
Debe tener un pasaporte de un país que participe actualmente en el Programa de Exención de Visado. Además, si viaja desde determinados países en el marco del VWP, debe tener derecho ilimitado de residencia permanente en ellos. Por ejemplo, para entrar en EE.UU. con arreglo al VWP desde el Reino Unido, los ciudadanos británicos deben tener derecho ilimitado de residencia permanente en Inglaterra, Escocia, Gales, Irlanda del Norte, las Islas del Canal y la Isla de Man.
¿Puedo prolongar mi visita si entré en el programa de exención?
No. Entrar en Estados Unidos en el marco del Programa de Exención de Visado conlleva la limitación de que tendrá que salir antes de la fecha que figura en su sello de entrada. La prórroga del visado sólo es posible cuando se entra en EE.UU. con un visado de no inmigrante válido, no en virtud del VWP. Si tiene preguntas sobre este proceso, o si esta planeando extender su estancia como visitante en los Estados Unidos, programe una consulta con un abogado de inmigración de Brown Immigration Law. Nosotros le podemos ayudar.
¿Puedo cambiar mi estatus si vine a Estados Unidos con una exención de visado?
Cambiar de estatuto es posible en algunas circunstancias para los visitantes de Estados Unidos. Quienes hayan solicitado un visado B1/B2 pueden solicitar un cambio de estatus. Sin embargo, un cambio o extensión de estatus después de la entrada en Visa Waiver está restringido y sólo es posible en circunstancias muy limitadas. Si necesita ayuda con las visas B2 de Tampa y Orlando, Brown Immigration Law esta disponible hoy para una consulta.
¿Necesita ayuda con el Programa de Exención de Visa? Brown Immigration Law está aquí
Si no está seguro de si el Programa de Exención de Visado es el adecuado para sus planes de viaje, se ha quedado más tiempo del permitido en una visita anterior o tiene problemas con el ESTA u otra documentación de inmigración, Brown Immigration Law está aquí para ayudarle. Estamos disponibles por teléfono al 888-861-4414o a través de nuestro formulario de contactoy en nuestras cinco oficinas en Cleveland, Columbus, Carolina del Norte, Tampay Orlando.