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Inmigración para familiares de ciudadanos estadounidenses
Innumerables personas de todo el mundo sueñan con venir a Estados Unidos a vivir y trabajar, con la esperanza de aprovechar al máximo las ventajas de la vida en este país y con el deseo de vivir el sueño americano. Desgraciadamente para la mayoría, el gobierno estadounidense impone límites estrictos al número de personas que pueden entrar legalmente en este país cada año, con cuotas anuales en las cifras de inmigración por motivos laborales y familiares. Sin embargo, los ciudadanos de Estados Unidos pueden ayudar a sus seres queridos a inmigrar utilizando el visado de familiar directo, que no está sujeto a ningún tope o cuota anual.
La categoría de visado de inmigración para familiares directos se divide en cinco subcategorías de parentesco con un ciudadano estadounidense. La primera es para el cónyuge (IR-1), seguida de los hijos solteros menores de 21 años (IR-2), los huérfanos adoptados en el extranjero (IR-3), los huérfanos que van a ser adoptados en EE.UU. (IR-4) y los padres de un ciudadano que tenga al menos 21 años (IR-5). Los hijastros pueden optar al estatuto de residente legal permanente (LPR) en la categoría IR-2, siempre que la relación parental se haya establecido antes de que el hijo cumpla 18 años.
Solicitar un visado de familiar directo
Si está pensando en ayudar a inmigrar a un familiar directo, el primer paso es que presente el formulario I-130, Petición para familiar extranjero. Al presentar este formulario, se estará nombrando a sí mismo como patrocinador de su ser querido. Una vez aprobada su petición, su familiar podrá solicitar el visado mediante tramitación consular o presentando un Formulario I-485 de ajuste de estatus, dependiendo de si vive actualmente en el extranjero o se encuentra en este país con un visado de no inmigrante. En determinadas circunstancias, el Formulario I-485 y la petición de apadrinamiento pueden presentarse conjuntamente, como cuando el familiar vive actualmente en EE.UU., cuando el número de visado de inmigrante está disponible de inmediato o en el caso de un cónyuge maltratado que se está autopeticionando.
Más información sobre los visados familiares
La primera categoría de visado de familiar directo, el IR-1, sólo se aplica en los casos de parejas que lleven casadas un mínimo de dos años. De lo contrario, el cónyuge inmigrante será admitido como residente condicional y no como familiar directo.
Una vez que haya estado casado durante el periodo exigido, puede solicitar al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. la supresión de las condiciones. Este requisito sirve para desalentar los matrimonios que no se celebran de buena fe, sino que sólo se hacen con el propósito de asegurar el estatus de residente permanente legal para el extranjero.
Una vez que su ser querido haya obtenido el permiso de residencia y la condición de residente legal permanente, tendrá una salvaguardia añadida contra la posibilidad de expulsión. En virtud de las disposiciones de la ley de inmigración de EE.UU., a menudo es posible solicitar una exención de la deportación sobre la base de que causaría dificultades extremas a usted como ciudadano o a otros miembros de la familia que también poseen el estatus de LPR.
Obtenga más información sobre la categoría de visa de inmigración de familiar inmediato y tome los primeros pasos en su caso al contactando a Brown Immigration Law para una consulta con un abogado de inmigración de Ohio de nuestro equipo.

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