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Ayudar a empresarios e inversores extranjeros a establecerse en EE.UU.
Si es usted un inversor extranjero que desea hacer negocios en Estados Unidos, puede optar a un visado de inversor. Del mismo modo, si usted es un empresario que desea iniciar una empresa en los EE.UU., también puede ser capaz de obtener una visa que le permite hacerlo. En Brown Immigration Law, proporcionamos orientación legal experimentada y bien informada a inversores y empresarios en toda Carolina del Norte y en todo el mundo.
Para más información sobre nuestros servicios para inversores y empresarios en Durham, llámenos al (919) 626-3965 o póngase en contacto con nosotros en línea hoy.
Programa para Inmigrantes Inversores E-5
El Programa de Visados para Inversores Inmigrantes EB-5 es un programa administrado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) que permite a los inversores extranjeros obtener la residencia permanente (tarjeta verde) en Estados Unidos invirtiendo una cantidad mínima de capital en una nueva empresa comercial que cree puestos de trabajo para trabajadores estadounidenses.
He aquí algunos puntos clave sobre el Programa de Visados EB-5 para Inversores Inmigrantes:
- Requisitos: Para poder optar a un visado EB-5, el inversor debe realizar una inversión de capital de 1,8 millones de dólares en una nueva empresa comercial o de 900.000 dólares si la inversión se realiza en una zona objetivo de empleo (TEA), que es una zona con altas tasas de desempleo o zonas rurales. La inversión debe crear o conservar al menos 10 puestos de trabajo a tiempo completo para trabajadores estadounidenses cualificados en los dos años siguientes a la admisión del inversor en Estados Unidos.
- Tipos de inversión: La inversión puede adoptar diversas formas, incluida la creación de una nueva empresa, la ampliación de una empresa existente o la compra de una empresa en dificultades. El inversor puede optar por invertir directamente en la empresa o a través de un Centro Regional designado por el USCIS, que es una organización que agrupa las inversiones EB-5 para proyectos de mayor envergadura.
- Residencia permanente condicional: Inicialmente, los solicitantes EB-5 seleccionados obtienen la residencia permanente condicional, válida durante dos años. Para eliminar las condiciones y obtener la residencia permanente incondicional, el inversor debe demostrar que la inversión se ha mantenido y que se han cumplido los requisitos de creación de empleo.
- Requisitos de creación de empleo: La inversión debe dar lugar a la creación o conservación de al menos 10 puestos de trabajo a tiempo completo para trabajadores estadounidenses cualificados. Estos puestos de trabajo deben crearse en los dos años siguientes a la admisión del inversor en Estados Unidos.
- Tiempo de tramitación y retrasos: El tiempo de tramitación de las peticiones EB-5 puede variar, y ha habido períodos de retraso debido a la popularidad del programa. Además, el programa ha sufrido cambios y actualizaciones periódicas en sus requisitos y reglamentos.
Visado de comerciante E-1
El visado E-1 para comerciantes por tratado es una categoría de visado para no inmigrantes que permite a las personas procedentes de países que tienen un tratado de comercio y navegación con Estados Unidos entrar en el país con el fin de realizar intercambios comerciales sustanciales entre su país de origen y Estados Unidos. Este visado está diseñado específicamente para los comerciantes que llevan a cabo una cantidad significativa de comercio de bienes, servicios o tecnología entre los EE.UU. y su país de origen.
He aquí algunos puntos clave sobre el visado E-1 para comerciantes por tratado:
- Requisitos: Para poder optar a un visado E-1, el solicitante debe ser nacional de un país que tenga un tratado de cualificación con Estados Unidos. El solicitante también debe venir a los EE.UU. para participar en un comercio sustancial, que generalmente se refiere a un comercio continuo y sustancial de bienes, servicios o tecnología. El comercio debe realizarse principalmente entre Estados Unidos y el país del tratado.
- Comercio sustancial: El término "comercio sustancial" se refiere normalmente a un flujo continuo de artículos de comercio internacional considerables, que implica numerosas transacciones a lo largo del tiempo. No se requiere una cantidad específica de dinero o volumen de comercio, pero la actividad comercial debe ser suficiente para mantener al comerciante y a su familia en Estados Unidos.
- Comercio principal: el comercio debe realizarse principalmente entre Estados Unidos y el país del tratado al que representa el solicitante. Más del 50% del volumen total del comercio internacional debe realizarse entre Estados Unidos y el país del tratado.
- Propiedad: El comerciante debe ser propietario del comercio o tener un cargo directivo o ejecutivo en la empresa dedicada al comercio entre EE.UU. y el país del tratado. Los empleados que no ocupen un puesto directivo o ejecutivo no podrán optar al visado E-1.
- Renovabilidad: Los visados E-1 suelen expedirse inicialmente por un periodo de hasta dos años y pueden renovarse indefinidamente siempre que continúen las actividades comerciales y el solicitante siga cumpliendo los criterios de elegibilidad.
- Miembros de la familia: Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de titulares de visados E-1 pueden optar a visados E derivados y acompañar al solicitante principal a Estados Unidos.
Visado E-2 para inversores
El visado de inversor con tratado E-2 es una categoría de visado de no inmigrante que permite a las personas procedentes de países que tienen un tratado de comercio y navegación con Estados Unidos entrar en el país con el fin de invertir una cantidad sustancial de capital en una empresa estadounidense. Este visado está diseñado específicamente para inversores que desean desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la que han invertido.
He aquí algunos puntos clave sobre el visado de inversor por tratado E-2:
- Requisitos: Para obtener un visado E-2, el solicitante debe ser nacional de un país que tenga un tratado de cualificación con Estados Unidos. El solicitante también debe venir a los EE.UU. para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa de buena fe en la que han invertido, o están activamente en el proceso de invertir, una cantidad sustancial de capital.
- Inversión sustancial: La inversión debe ser "sustancial" en relación con el coste total de la compra de una empresa existente o de la creación de una nueva. Aunque no se exige una cantidad mínima fija, la inversión debe ser suficiente para garantizar el buen funcionamiento de la empresa. La inversión también debe ser de riesgo, lo que significa que el inversor puede perder los fondos si la empresa fracasa.
- Desarrollo y dirección de operaciones: El solicitante debe desempeñar un papel activo en el desarrollo y la dirección de las operaciones de la empresa. Esto suele implicar participar en la gestión diaria o tener un papel directivo o ejecutivo dentro de la empresa.
- Nacionalidad del inversor: El inversor debe poseer la nacionalidad del país del tratado. Si el inversor tiene doble nacionalidad, debe optar por entrar en EE.UU. utilizando el pasaporte del país del tratado.
- Renovabilidad: Los visados E-2 suelen expedirse inicialmente por un periodo de hasta cinco años y pueden renovarse indefinidamente siempre que el inversor siga cumpliendo los criterios de elegibilidad y la empresa siga funcionando.
- Dependientes: Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de titulares de visados E-2 pueden optar a visados E derivados y acompañar al solicitante principal a Estados Unidos. Los cónyuges también pueden solicitar autorización de trabajo.
Cómo podemos ayudarle
En Brown Immigration Law, entendemos que navegar el proceso de visa de inversionista puede ser complejo y abrumador. Nuestro equipo de abogados de inmigración con experiencia está aquí para guiarle a través de cada paso del proceso, proporcionando asesoramiento y apoyo de expertos para asegurar una aplicación suave y exitosa.
A continuación le explicamos cómo podemos ayudarle con el proceso de obtención del visado de inversor:
- Consulta Inicial: Comenzamos programando una consulta inicial para discutir sus objetivos, circunstancias y elegibilidad para la categoría de visa de inversionista. Durante esta reunión, revisaremos sus planes de inversión, evaluaremos sus cualificaciones y le proporcionaremos orientación personalizada sobre la opción de visado más adecuada para usted.
- Planificación estratégica: Basándonos en nuestro profundo conocimiento de las leyes y reglamentos de inmigración, desarrollaremos un plan estratégico adaptado a sus necesidades y objetivos específicos. Le ayudaremos a determinar la estructura de inversión óptima y le asesoraremos sobre cómo cumplir los requisitos de la categoría de visado elegida.
- Preparación de documentos: Nuestro equipo le ayudará a reunir y organizar la documentación necesaria para su solicitud de visado de inversor. Esto puede incluir registros financieros, planes de negocio, acuerdos de inversión y otras pruebas de apoyo para demostrar su elegibilidad y calificaciones.
- Presentación de la solicitud: Prepararemos y presentaremos su paquete de solicitud de visado de inversor ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) u otras agencias gubernamentales pertinentes. Nuestra atención al detalle y minuciosidad en la preparación de documentos ayudan a minimizar el riesgo de retrasos o denegaciones.
- Comunicación y seguimiento: A lo largo del proceso de solicitud, mantenemos una comunicación abierta con usted, proporcionándole actualizaciones sobre el estado de su caso y abordando con prontitud cualquier pregunta o preocupación que pueda tener. También nos ponemos en contacto con USCIS u otras autoridades en su nombre, asegurándonos de que su solicitud recibe la atención y consideración adecuadas.
- Respuesta a las solicitudes de pruebas (RFE): En caso de que el USCIS solicite pruebas adicionales o aclaraciones sobre su solicitud, responderemos con prontitud a dichas solicitudes, preparando respuestas exhaustivas y persuasivas para abordar cualquier inquietud planteada por las autoridades de inmigración.
- Representación en Entrevistas: Si es necesario, le prepararemos para cualquier entrevista o reunión con los funcionarios del USCIS, acompañándole a la entrevista y abogando en su nombre para asegurar un resultado favorable.
- Servicios Post-Aprobación: Tras la aprobación de su solicitud de visado de inversor, seguiremos apoyándole con cualquier necesidad adicional relacionada con la inmigración, como la obtención de visados para familiares, el ajuste de su estatus a la residencia permanente o la navegación por otros aspectos de la ley de inmigración estadounidense.
Contacte con nosotros en (919) 626-3965 hoy para aprender más sobre cómo nuestro abogado de la visa del inversionista y del empresario de Raleigh-Durham puede asistirle.

Proporcionando soluciones de inmigración en Ohio, Carolina del Norte y Florida. Contáctenos hoy para una consulta personalizada.