A partir del 20 de febrero de 2011, todos los empleadores deben completar la Parte 6 - la Declaración de Control de Exportaciones - en el Formulario I-129 de Petición para un Trabajador No Inmigrante. Esta sección certifica la entrega de tecnología o datos controlados a personas extranjeras en Estados Unidos.
El formulario I-129 se utiliza para las clasificaciones de visados como H, L y E.