Índice
El 14 de febrero de 2024, el presidente Biden anunció un programa de 18 meses de salida forzosa diferida (DED) para los palestinos en Estados Unidos. La acción ejecutiva se tomó para proporcionar cierto alivio a las personas en los Estados Unidos que se enfrentan a condiciones humanitarias deterioradas en Palestina debido a las acciones militares de Israel que impiden el retorno seguro de los civiles. Hoy, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha publicado un aviso en el Registro Federal en el que se explican los requisitos de elegibilidad y se establecen los procedimientos para que los palestinos amparados por la DED puedan solicitar documentos de autorización de empleo (EAD) que serán válidos hasta el 13 de agosto de 2025, así como los procedimientos para solicitar la autorización de viaje. El sitio web de USCIS también se ha actualizado para reflejar a los palestinos como población cubierta por el DED. Acompañando a este anuncio es un aviso de Alivio Especial de Estudiantes para los estudiantes palestinos F-1 no inmigrantes para que los estudiantes elegibles pueden solicitar autorización de empleo, trabajar un mayor número de horas, mientras que la escuela está en sesión, y reducir su carga de cursos sin dejar de mantener el estatus F-1 durante el período DED.
¿Qué es la DED?
La DED es un aplazamiento administrativo de la expulsión ordenado por el Presidente. La facultad de prorrogar la DED se deriva de la autoridad constitucional del Presidente para dirigir las relaciones exteriores de Estados Unidos. La DED se ha autorizado en situaciones en las que determinados grupos de no ciudadanos pueden correr peligro si se les exige que regresen a países o partes de países extranjeros que sufren inestabilidad política, conflictos u otras condiciones inseguras, o cuando existen otras razones de política exterior para permitir que un grupo designado de no ciudadanos permanezca temporalmente en Estados Unidos.
Aunque la DED no es un estatus de inmigración específico y no requiere que se presente una solicitud ante el USCIS, las personas cubiertas por la DED no están sujetas a expulsión de Estados Unidos, normalmente durante un periodo designado. Además, el Presidente puede ordenar que el Secretario de Seguridad Nacional disponga que se concedan determinadas prestaciones autorizadas por las leyes de inmigración, como la autorización de empleo, a los no ciudadanos amparados por la directiva DED durante el periodo designado.
Dado que la DED es una directiva para aplazar la expulsión de una persona, y no un estatus migratorio específico como el Estatus de Protección Temporal (TPS), no se requiere un formulario de solicitud de DED para que una persona esté cubierta por la DED. Si un individuo cubierto por DED quiere solicitar un EAD, debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Del mismo modo, si una persona cubierta por el DED desea solicitar una autorización anticipada de viaje, debe presentar el formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje.
Aspectos importantes
- ¿A quién se aplica esta Directiva DED?
- Ciudadanos no estadounidenses de cualquier nacionalidad, o sin nacionalidad, que sean palestinos, independientemente de su lugar de nacimiento o país o zona de última residencia habitual, que hayan residido en Estados Unidos desde el 14 de febrero de 2024.
- ¿Qué documentación se aceptará para demostrar que alguien es palestino?
- Cualquier documento auténtico, independientemente de su periodo de validez o caducidad, que indique que el solicitante es palestino, incluidos, entre otros, los siguientes
- un pasaporte de la Autoridad Palestina;
- una tarjeta de identificación de la Autoridad Palestina;
- un certificado o extracto de nacimiento verificado o expedido por una autoridad gubernamental reconocida que identifique al titular como nacido en los Territorios Palestinos;
- un documento de identidad expedido por un tercer país, las Naciones Unidas, sus organismos especializados y organizaciones conexas, o el Comité Internacional de la Cruz Roja, en el que se indique que el titular es palestino; o
- un documento de viaje expedido por un tercer país, las Naciones Unidas, sus organismos especializados y organizaciones afines, o el Comité Internacional de la Cruz Roja, que identifique al titular como palestino.
- Cualquier documento auténtico, independientemente de su periodo de validez o caducidad, que indique que el solicitante es palestino, incluidos, entre otros, los siguientes
- ¿Quién no puede optar a la autorización de trabajo?
- No cumple los requisitos si
- Haber regresado voluntariamente a los Territorios Palestinos después del 14 de febrero de 2024;
- No haber residido de forma continuada en Estados Unidos desde el 14 de febrero de 2024;
- Son inadmisibles en virtud de la INA § 212(a)(3) o deportables en virtud de la INA § 237(a)(4);
- Haber sido condenado por cualquier delito grave o por dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos, o que cumplan cualquiera de los criterios establecidos en INA § 208(b)(2)(A);
- Están sujetos a extradición;
- Es una persona cuya presencia en Estados Unidos el Secretario de Seguridad Nacional ha determinado que no redunda en interés de Estados Unidos o representa un peligro para la seguridad pública; o
- Es una persona cuya presencia en Estados Unidos el Secretario de Estado tiene motivos razonables para creer que podría tener consecuencias adversas graves para la política exterior de Estados Unidos.
- No cumple los requisitos si