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Orientación para extranjeros que desean trabajar en EE.UU.
Antes de que un extranjero pueda conseguir legalmente un empleo y trabajar en Estados Unidos, debe obtener un visado que autorice dicho empleo. Para complicar aún más las cosas, la ley de inmigración estadounidense no prevé un único visado que autorice de forma general a trabajar. En su lugar, hay más de 20 tipos únicos de visados de trabajo para no inmigrantes, cada uno destinado a una situación diferente. Un abogado de inmigración basado en el empleo de Cleveland de nuestra firma puede ayudarle a seleccionar el tipo de visado más adecuado para usted y ayudarle con todo el proceso de solicitud.
En Brown Immigration Law, trabajamos tanto con individuos como con empleadores, proporcionando asesoría legal bien informada y representación sobresaliente. Contáctenos hoy para saber más.
Tipos de visados para trabajo no permanente
El visado B-1 es para visitantes de negocios temporales que vienen a Estados Unidos con fines tales como consultar con asociados; negociar contratos; participar en actividades de formación a corto plazo; asistir a una convención o conferencia científica, educativa, profesional o de negocios; o liquidar una herencia.
Ciertos países de todo el mundo son parte en tratados de comercio e intercambio con Estados Unidos, y los ciudadanos de estos países gozan de derechos y privilegios especiales en virtud de las disposiciones de la ley de inmigración estadounidense. Se conceden visados a los inversores y comerciantes que tienen previsto realizar negocios en este país.
El visado F-1 es uno de los dos visados de estudiante disponibles; permite al titular asistir a tiempo completo a un colegio universitario, universidad, seminario, instituto, escuela primaria u otra institución educativa. También permite al estudiante trabajar en el campus en determinadas circunstancias y fuera del campus en ciertos tipos de puestos después del primer año.
Hay varios tipos de visados en la categoría de visado H, incluidos los visados para trabajadores con ocupaciones especializadas, enfermeros titulados, trabajadores agrícolas temporeros y becarios. Los visados H están muy solicitados y la asignación anual suele agotarse en poco tiempo.
El visado I está reservado a los representantes de la prensa extranjera, la radio, el cine u otros tipos de medios de información. No permite a su titular realizar actividades como la creación de material de carácter comercial, para montajes como reality shows televisivos, concursos de preguntas y respuestas o documentales con recreaciones escenificadas.
Los visados J, también conocidos como visados de visitante de intercambio, se conceden con el propósito de promover el entendimiento entre la población de EE.UU. y el resto del mundo. Existen varias categorías de visitantes de intercambio: estudiantes, médicos, au pairs, profesores y becarios.
Si trabaja para una multinacional y va a ser trasladado a oficinas dentro de Estados Unidos, entonces necesitará un visado de la categoría L para trasladados dentro de una misma empresa, ya sea el visado L-1A para ejecutivos/directivos o el L-1B para conocimientos especializados.
Las personas con habilidades o logros extraordinarios en las artes, las ciencias, los negocios, la educación o el atletismo, o con logros extraordinarios en el cine y la televisión pueden optar a la categoría de visado O, que permite al titular permanecer en este país por un periodo de hasta tres años.
Hay varios tipos diferentes de visados P, pero la categoría se destina generalmente a atletas, artistas, animadores y sus familiares directos. El visado está reservado a personas que han obtenido reconocimiento por su rendimiento a un nivel internacionalmente reconocido.
Si tiene previsto viajar a Estados Unidos para participar en un programa internacional de intercambio cultural, puede solicitar un visado Q. Mientras que el visado J es para programas de intercambio cultural sancionados por el Departamento de Estado, el visado Q permite a su titular entrar en Estados Unidos para participar en programas reconocidos por el USCIS.
Con el visado R-1, ciertos tipos de trabajadores religiosos pueden viajar a Estados Unidos durante un periodo inicial de dos años y medio o hasta cinco años con prórrogas. Para demostrar que puede optar al visado R-1, debe ser miembro de una organización religiosa bona fide sin ánimo de lucro durante al menos dos años y debe tener previsto trabajar al menos 20 horas semanales durante su estancia en Estados Unidos.
El visado TN (TLCAN comercial) es un visado temporal para trabajadores destinado a personas que residen en los países del Tratado de Libre Comercio de América del Norte. Los trabajadores de México y Canadá pueden optar a este tipo de visado siempre que trabajen en una de varias profesiones de la lista, tengan un puesto de trabajo preestablecido y puedan cumplir los demás requisitos de elegibilidad.
Cómo puede ayudarle Brown Immigration Law
Los abogados de Brown Immigration Law - Robert Brown, Rishi Oza, Aleksandar Cuic, Erin Brown, y Kathryn Russell - tienen más de 70 años de experiencia en inmigración, y han ganado elogios como la calificación de revisión por pares Martindale-Hubbell® AV® y la inclusión en la prestigiosa lista Super Lawyers® Rising Stars℠. Trabajamos como un equipo, poniendo en común nuestro amplio conocimiento de la ley de inmigración de EE.UU. y colaborando en estrategias para asegurar que logramos los mejores resultados posibles para nuestros clientes.
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