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Visados E-1 y E-2: Comercio con los países del Tratado

Visados E-1 y E-2: Comercio con los países del Tratado
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Ohio

Abogado de Inmigración en Cleveland

Estados Unidos mantiene tratados de comercio y navegación con varios países de todo el mundo. Estos acuerdos sirven para facilitar el comercio y el intercambio económico a través de las fronteras nacionales en beneficio mutuo de ambos países. Nuestro gobierno proporciona los visados E-1 y E-2 a las personas que planean viajar desde esos países con el objetivo de participar en actividades comerciales o realizar determinados tipos de inversiones en EE.UU. Hay docenas de países en la lista de países con tratados, y muchas personas pueden optar tanto al visado E-1 como al E-2.

Sobre el visado de comerciante por tratado

Para optar al visado E-1 de comerciante con tratado, debe ser ciudadano de un país con tratado y trabajar para una empresa comercial del mismo u otro país con tratado. Tendrá que demostrar que el comercio que planea realizar será "sustancial", lo que se caracteriza por ser de un volumen considerable y continuado. Al menos la mitad del comercio propuesto debe realizarse entre el país del tratado y Estados Unidos y debe ser comercio de bienes, servicios o tecnología. Su puesto en la empresa debe ser de supervisión o ejecutivo o requerir que aporte conocimientos altamente especializados a la operación.

Visados de no inmigrante para inversores con tratado

Los requisitos para obtener un visado de inversor en un tratado E-2 son similares a los del visado E-1, pero existen algunas diferencias. Su inversión propuesta debe ser lo suficientemente grande como para permitir el buen funcionamiento de la empresa y debe ser de un volumen proporcional al tamaño de la operación. No basta con aportar fondos para una inversión especulativa: debe tener previsto realizar una inversión concreta en una empresa real. Debe esperar obtener un rendimiento sustancial de la inversión en lugar de una empresa menor que sólo le mantendrá a usted y a su familia. Los fondos deben ser propios, ya que el capital prestado en forma de préstamo garantizado no es elegible para este tipo de inversión. El visado E-2 es para inversores principales, no para trabajadores ordinarios.

Para saber más sobre los visados E-1 y E-2 y dar los primeros pasos en su solicitud, póngase en contacto con un abogado de inmigración de Ohio ahora en Brown Ley de Inmigración para una consulta inicial.

Abogados Brown, Cuic y Russell

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