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Los trabajadores temporales y los residentes permanentes ayudan a construir y mantener Estados Unidos. La inmigración basada en el empleo es, sin duda, beneficiosa para el país, pero es un proceso difícil y a menudo abrumador.
Si usted es un empleador o un extranjero interesado en la inmigración basada en el empleo, el equipo legal de Brown Immigration Law está aquí para ayudarle. Nuestros abogados de inmigración de empleo de Orlando pueden proporcionarle el conocimiento, la perspicacia y la dedicación genuina para apoyar sus objetivos.
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¿Qué es la inmigración basada en el empleo?
Cualquier ciudadano extranjero tiene la oportunidad de vivir y trabajar en Estados Unidos. Dependiendo de sus capacidades y del tipo de empleo al que se dediquen, las acciones de inmigración laboral pueden diferir drásticamente. Para desglosar esta vía de inmigración, lo mejor es ver el proceso en dos categorías separadas:
- No inmigrantes que trabajan temporalmente en el país
- Inmigrantes que viven y trabajan en EE.UU. como residentes permanentes
Trabajadores temporales no inmigrantes
Los no inmigrantes pueden solicitar visados de trabajo temporales si demuestran poseer aptitudes, educación o formación valiosas. Para obtener la entrada legal y la autorización de empleo, los trabajadores temporales no inmigrantes deben tener un empleador que los patrocine y presente una petición en su nombre. Aparte de esto, existen numerosos trámites y requisitos que deben cumplirse. Los trabajadores no inmigrantes también deben clasificarse en una categoría específica de visado de trabajadores temporales, que en última instancia determina cómo se tratará un asunto.
Clasificación de los trabajadores temporales no inmigrantes
En función de las cualificaciones del trabajador, su sector de actividad y otras circunstancias particulares, los ciudadanos extranjeros pueden obtener uno de los siguientes visados:
- B-1 - Para visitantes de negocios temporales en Estados Unidos para una actividad o propósito relacionado con los negocios. Esto incluye la asistencia a convenciones profesionales, reuniones, formación y otros.
- E-1 y E-2 - Clasificaciones de no inmigrante que permiten la admisión de nacionales de un país con el que EE.UU. mantiene un tratado de comercio y navegación. Los visados E-1 son para personas que realizan actividades de comercio internacional. Los visados E-2 son para inversores que realizan inversiones sustanciales en una empresa estadounidense.
- F-1 - Para estudiantes extranjeros que asisten a una institución académica, programa de enseñanza de idiomas, seminario o conservatorio. Los solicitantes deben cumplir requisitos específicos, incluida la aceptación en una escuela, fondos suficientes, preparación para su educación y la intención de abandonar los Estados Unidos al finalizar el programa.
- Visados H - Los visados H engloban varias clasificaciones distintas de ciudadanos extranjeros que se dedican a un tipo específico de empleo:
- Visados H-1B para personas que desempeñan una ocupación especializada, que requiere aptitudes y conocimientos muy especializados y haber cursado estudios superiores. En esta clasificación también se incluyen las modelos de moda y el empleo gubernamental en investigación y desarrollo.
- Los visados H-2A son para trabajadores agrícolas estacionales.
- Los visados H-2B son para trabajadores temporales o estacionales no agrícolas.
- Los visados H-3 están clasificados para no inmigrantes que reciben formación en Estados Unidos.
- Visado I - Se concede a representantes y empleados no inmigrantes de medios de comunicación extranjeros. Esta clasificación incluye a equipos de rodaje, periodistas y otros.
- Visado J - Se concede a los extranjeros aceptados en un Programa de Intercambio de Visitantes certificado. Se espera que los beneficiarios del visado J regresen a sus países de origen una vez finalizado el programa.
- Visado L - Para ciudadanos extranjeros que se trasladan dentro de una empresa. Pueden optar a él los solicitantes que, en los años anteriores, hayan estado empleados en otro país de forma continuada durante un año y se trasladen a una sucursal, filial matriz o subsidiaria de su mismo empleador en Estados Unidos.
- Visado O - Se concede a personas extranjeras con habilidades o logros extraordinarios en las ciencias, las artes, la educación, los negocios, el atletismo, el cine o la televisión.
- Visado P - Para atletas y equipos deportivos reconocidos internacionalmente. También pueden optar a él los miembros de grupos de entretenimiento reconocidos internacionalmente y los artistas o animadores que formen parte de un programa culturalmente único.
- Visado Q - Para ciudadanos extranjeros que vienen a Estados Unidos como participantes en un programa internacional de intercambio cultural. Su trabajo puede consistir en formación práctica, empleo y educación sobre la historia, la cultura y las tradiciones de su país de origen.
- Visado R-1 - Para trabajadores religiosos temporales que estén empleados al menos 20 horas semanales por una organización religiosa sin ánimo de lucro en Estados Unidos. Esta clasificación también cubre a los trabajadores de cualquier confesión religiosa en Estados Unidos, incluidos los ministros y otras vocaciones religiosas.
- Visado TN / NAFTA - El Tratado de Libre Comercio de América del Norte permite a los ciudadanos canadienses y mexicanos entrar en Estados Unidos para realizar actividades profesionales. Los solicitantes deben ser profesionales en activo con las cualificaciones adecuadas, como abogados, científicos, profesores, ingenieros y otros.
Trabajadores inmigrantes permanentes
Los trabajadores que demuestren poseer una combinación suficiente de cualificaciones, educación y experiencia laboral pueden vivir y trabajar permanentemente en Estados Unidos. El USCIS informa de que cada año se conceden unos 140.000 visados de inmigrante. En función de las capacidades del extranjero, su formación académica y las contribuciones que espera realizar, los solicitantes se clasifican en cinco categorías que varían según la preferencia:
- Trabajadores prioritarios de primera preferencia (EB-1): incluye a personas con habilidades extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios o atletismo; profesores e investigadores destacados; y directivos o ejecutivos multinacionales. Los trabajadores prioritarios deben demostrar sus logros, realizaciones y capacidades para contribuir a los Estados Unidos. Los trabajadores prioritarios pueden presentar peticiones de inmigración por sí mismos, mientras que los profesores e investigadores destacados y los directivos o ejecutivos de multinacionales deben hacer que sus empleadores presenten una petición en su nombre.
- Segunda preferencia (EB-2) - La segunda preferencia se concede si son miembros de profesiones con titulación superior o si son personas con aptitudes excepcionales en las artes, las ciencias o los negocios. Además de cumplir los requisitos de elegibilidad, los solicitantes de EB-2 deben obtener una certificación laboral aprobada por el Departamento de Trabajo de EE.UU.
- Tercera preferencia (EB-3) - La tercera preferencia se concederá a profesionales, trabajadores cualificados y otros trabajadores no cualificados. Los profesionales son individuos con títulos de bachillerato de EE.UU. o un equivalente extranjero, los trabajadores cualificados son individuos con dos años de experiencia laboral o formación, y otros trabajadores son aquellos con menos de dos años de formación o experiencia. Todos los trabajadores EB-3 deben obtener una certificación laboral y tener una oferta de trabajo permanente a tiempo completo.
- Cuarta Preferencia (EB-4) - La EB-4 es para "inmigrantes especiales" Incluidos trabajadores religiosos, locutores, médicos, miembros de las fuerzas armadas, empleados de la Zona del Canal de Panamá, empleados jubilados de la OTAN-6 y sus cónyuges e hijos, empleados de organizaciones internacionales, traductores iraquíes o afganos e iraquíes que hayan prestado asistencia a Estados Unidos.
- Quinta Preferencia (EB-5) - También conocido como Programa para Inmigrantes Inversores, la preferencia EB-5 se concede a los ciudadanos extranjeros que contribuyen de forma significativa a la economía estadounidense y a la creación de empleo en Estados Unidos. Los solicitantes elegibles deben haber invertido 1 millón de dólares, o 500.000 dólares en un sector laboral específico, en una empresa comercial que emplee al menos a 10 trabajadores estadounidenses a tiempo completo.
Como las familias son una parte inevitable del proceso de inmigración, nuestro bufete se esfuerza por completar las acciones necesarias y obtener los visados apropiados para los familiares de los trabajadores permanentes. Si su caso involucra a miembros adicionales de la familia, nuestro equipo legal utilizará nuestras habilidades para ayudar a las familias a inmigrar juntas.
Proceso de certificación laboral
La certificación laboral implica que los ciudadanos extranjeros deben llegar a un acuerdo con un empleador estadounidense que los patrocine y obtener la aprobación del DOL. Verifica que no hay suficientes trabajadores disponibles y cualificados para cubrir el puesto ofrecido a un ciudadano extranjero y comprueba que la contratación de un trabajador extranjero no afectará negativamente a los salarios o las condiciones laborales de otros trabajadores estadounidenses empleados en puestos similares.
Plazos de tramitación y fechas de prioridad
La inmigración basada en el empleo implica numerosos procedimientos, plazos y organismos gubernamentales. Estos organismos se rigen por directrices legales y reglamentarias y reciben un flujo constante de solicitudes y asuntos. De ahí que los plazos de tramitación de los casos de inmigración puedan sufrir retrasos.
En la mayoría de los casos, a menudo hay poco que se puede hacer para acelerar un proceso de inmigración. Nuestros abogados de inmigración de Orlando proporcionará a todos los clientes con un conocimiento profundo de su problema de inmigración, así como lo que puede esperar en cada paso del proceso. U.S. Citizenship and Immigration Services también proporciona información sobre el tiempo de procesamiento de USCIS en su sitio web, incluyendo detalles específicos sobre los tiempos de procesamiento de casos específicos de inmigración, e información sobre el estado de su caso.

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Centrados en las necesidades de empresarios y trabajadores de Orlando
Todo el equipo legal de Brown Immigration Law entiende las contribuciones significativas que los trabajadores extranjeros calificados y educados hacen en los Estados Unidos. Como resultado, nos enorgullecemos de nuestra capacidad para facilitar las necesidades de inmigración de empleadores y empleados en todo el país y el estado de Florida. Nuestro equipo legal de gran prestigio está compuesto por talentosos abogados de inmigración laboral de Orlando, que cuentan con las habilidades y la experiencia necesarias para satisfacer las necesidades únicas de los clientes.
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