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Abogado de visas de no inmigrante en Orlando

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Florida

Elegir un visado de no inmigrante en Florida

El estatus de no inmigrante es para cualquier ciudadano extranjero que entre en Estados Unidos de forma temporal. Hay una variedad de propósitos para los que un ciudadano extranjero puede visitar el país, y cada uno requiere un visado específico. Una vez admitidos en Estados Unidos, los titulares de un visado de no inmigrante están limitados a la actividad o propósito de su visita. También recibirán documentación sobre su llegada y su intención de salir del país. Conocido como formulario I-94, el documento indicará cuánto tiempo puede permanecer en Estados Unidos el titular de un visado de no inmigrante.

Abogados Brown, Cuic y Russell

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Categorías de visados para no inmigrantes

Según la ley de inmigración de Estados Unidos, hay muchos tipos diferentes de visados de no inmigrante. Entre ellos figuran:

Visados A

Los visados A están reservados a diplomáticos y funcionarios extranjeros. Para obtener un visado A, los solicitantes deben viajar a Estados Unidos en misión oficial del Gobierno. No se concederán visados A a los diplomáticos y funcionarios que viajen como turistas o por otros motivos no gubernamentales.

Visados B-1

Los visados B-1 se expiden a ciudadanos extranjeros que visitan Estados Unidos temporalmente por motivos de negocios. Esto puede incluir consultas con socios comerciales, convenciones y conferencias de negocios y otros asuntos relacionados.

Visados C

Los ciudadanos de países extranjeros que viajan de forma inmediata y continua a través de Estados Unidos de camino a un destino extranjero pueden optar a los visados C. También conocidos como visados de tránsito, los visados C exigen que los ciudadanos extranjeros tengan intención de pasar por Estados Unidos, dispongan de fondos suficientes para completar el viaje y tengan permiso para entrar en otro país al salir de Estados Unidos.

Visados D

Todo miembro de la tripulación que preste servicios en un buque o aeronave marítima deberá obtener un visado D para tripulantes. Para poder optar a él, los ciudadanos extranjeros deben demostrar que prestan los servicios requeridos en un barco o aeronave o que recibirán formación. Además, los ciudadanos extranjeros pueden solicitar un visado D sin estar empleados actualmente, siempre que vayan a trabajar en un barco o avión cuando lleguen a Estados Unidos.

Visados F-2

Los visados F-2 son para cónyuges e hijos de titulares de visados F-1. Los titulares de visados F-1 son estudiantes a tiempo completo que asisten a una institución aprobada en Estados Unidos. Los titulares de visados F-2 deben estar a cargo de un titular de visado F-1 y no pueden obtener autorización de empleo. Los hijos de titulares de visados F-2 pueden asistir a la escuela pública.

Visados G

Los visados G se expiden a los empleados de organizaciones internacionales. Dependiendo del propósito de su visita, los extranjeros pueden optar a una de las cuatro categorías diferentes de visado G. Los visados G-1 son para miembros en misión permanente de un gobierno reconocido que viajan a una organización internacional designada. Los visados G-2 están reservados a los representantes de un gobierno reconocido que viajen temporalmente a Estados Unidos para asistir a reuniones de una organización internacional designada. Los visados G-3 se concederán a representantes de gobiernos no reconocidos o no miembros. Los visados G-4 se concederán a todo extranjero que viaje a Estados Unidos para aceptar un puesto en una organización internacional designada.

Visados J

Los visitantes de intercambio no inmigrantes que hayan sido aceptados en un programa certificado de visitantes de intercambio pueden obtener visados J. Para poder optar a ellos, los solicitantes deben demostrar que su estancia será temporal, que disponen de fondos para sufragar los gastos en Estados Unidos y que su regreso a casa puede garantizarse mediante vínculos vinculantes en su país de origen.

Visados M

Los estudiantes extranjeros que asisten a programas de formación profesional o a otras instituciones no académicas deben solicitar visados M. Los visados M deben cumplir los mismos requisitos que los visados de estudiante F-2.

Visados N

Los empleados de la OTAN tienen derecho a un visado N. Los extranjeros se clasificarán en las categorías OTAN-1 a OTAN-6. Los solicitantes deben solicitar la admisión en los Estados Unidos en virtud de la disposición correspondiente del Acuerdo sobre el Estatuto de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, o del Protocolo sobre el Estatuto de la Organización del Tratado del Atlántico Norte de conformidad con el Tratado del Atlántico Norte.

Visados S

Los visados S están reservados a ciudadanos extranjeros testigos e informadores contra el terrorismo o el crimen organizado. Los solicitantes deben demostrar que pueden aportar información creíble y fiable que dé derecho a una recompensa en el marco del programa de recompensas del Departamento de Estado.

Exención de visado

Además de estas categorías de visados para no inmigrantes, algunos extranjeros pueden optar a exenciones de visado que les permitirán entrar en Estados Unidos durante un máximo de 90 días. Para recibir una exención de visado, el extranjero debe residir en un país designado. Hay más de 30 países elegibles que participan en el programa de Exención de Visado. Puede consultar los países en la página web del Departamento de Estado de EE.UU.

También hay que mencionar que los visados sólo permiten a los ciudadanos extranjeros viajar a un puerto de entrada a Estados Unidos. Los visados de no inmigrante no dan lugar automáticamente a la admisión en Estados Unidos. Para ser admitidos legalmente y recibir un formulario I-94, los titulares de visados de no inmigrante deben ser aprobados por un funcionario de aduanas de Estados Unidos.

¿Cómo decidir qué visado de no inmigrante me conviene?

El propósito de su visita, así como la duración de su estancia prevista, determinarán el tipo de visado que debe solicitar. Hay muchos tipos diferentes de visados que una persona puede solicitar cuando busca la admisión temporal, por lo que recomendamos encarecidamente revisar sus opciones con un abogado.

Si usted o un ser querido desea visitar los Estados Unidos por negocios, como funcionario del gobierno, como parte de otros viajes, para ver a la familia, como estudiante de intercambio, o por cualquier otra razón, Brown Immigration Law tiene una amplia experiencia guiando a los clientes a través de las diversas solicitudes de visado de no inmigrante. Tambien podemos ayudar a aquellos que califican, a solicitar exenciones de visa de corto plazo.

Asistencia calificada para visas de no inmigrante en y alrededor de Orlando, FL

Los abogados de inmigración de Orlando en Brown Immigration Law han acumulado una amplia experiencia y conocimientos sobre todas las categorías de visas de no inmigrante. Independientemente de la visa de no inmigrante que desee solicitar, puede estar seguro de que nuestros prestigiosos abogados cuentan con las habilidades y el compromiso para ayudar a que el proceso se desarrolle sin inconvenientes. También estamos preparados para ayudar a individuos, familias o empresas con cualquier otro asunto de inmigración que puedan estar enfrentando, incluyendo un cambio de estatus para los titulares de visados de no inmigrante en los Estados Unidos.

Para obtener más información acerca de nuestros servicios legales y calificaciones como abogados de inmigración de primera clase de la Florida, póngase en contacto con Brown Immigration Law. Servimos a clientes en todo el estado desde nuestra oficina en Orlando.

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